miércoles, 23 de julio de 2008

libertad y desarrollo: SURGEN DUDAS DE CONSTITUCIONALIDAD EN

 

Sebasti&aacuten Soto, Director del Programa Legislativo de LyD:

SURGEN DUDAS DE CONSTITUCIONALIDAD EN

 NUEVO PLAN DE DESCONTAMINACIÓN DE SANTIAGO

 

 

 

Sebasti&aacuten Soto, Director

Programa Legislativo de LyD

  

Muchas dudas  desde el punto de vista constitucional surgen  del anuncio del Plan de Descontaminaci&oacuten de la Regi&oacuten Metropolitana, especialmente respecto a las limitaciones al derecho de propiedad y a una serie de libertades, como la de circular y emprender, entre otras, sin ley espec&iacutefica alguna que lo autorice.

 

Así lo estimó el Director del Programa Legislativo de LyD, Sebasti&aacuten Soto, quien adem&aacutes explicó que las normas del plan de descontaminaci&oacuten est&aacuten contenidas en un decreto y no en una ley que especifique, por ejemplo, que puede restringirse la circulaci&oacuten de los catal&iacuteticos o que pueden prohibirse el uso de chimeneas a partir del 2010.

 

 

Seg&uacuten el abogado hay otro elemento de dudosa constitucionalidad en el modo como se est&aacuten afectando ciertos derechos. En efecto, la Constituci&oacuten exige que los preceptos legales que regulan el ejercicio de las garant&iacuteas constitucionales no afecten los derechos en su esencia.

 

En este sentido, el Tribunal Constitucional ha señalado en numerosas ocasiones que un derecho se afecta en su esencia cuando se ejercicio se dificulta m&aacutes allá de lo razonable o, en otras palabras, cuando las limitaciones se convierten en intolerables para su titular (Sentencia del Tribunal Constitucional Rol Nş 280 (1998) c. 29).

 

"Muchas de las medidas que contempla el plan de descontaminaci&oacuten afectan derechos en su esencia pues no s&oacutelo regulan su ejercicio sino que los dificultan excesivamente. La libertad de circulaci&oacuten, el derecho de propiedad y el derecho a emprender, entre otros, son los afectados en su esencia", señaló Soto.

 

Por &uacuteltimo, explicó Soto, la doctrina constitucional en Chile y en el mundo ha fundado siempre sus an&aacutelisis en el principio de proporcionalidad.

 

Creado originalmente por la doctrina constitucional alemana, este principio se ha extendido en la tradicional del constitucionalismo. Uno de los aspectos que considera el an&aacutelisis de proporcionalidad es que se utilice el medio menos gravoso. Es decir, para alcanzar un objetivo se tiene que seguir el camino que menos afecte derechos fundamentales (Proportionality Balancing and Global Constitutionalism, Stone y Mathews, 2008).

 

"En el caso que se analiza, nada de eso ha ocurrido pues el plan de descontaminaci&oacuten opta por pol&iacuteticas p&uacuteblicas para descontaminar que afectan derechos en su esencia pudiendo alcanzar el mismo objetivo por otras v&iacuteas m&aacutes id&oacuteneas", afirmó el experto de LyD.

 

Finalmente cabe destacar que la jurisprudencia del Tribunal Constitucional en esta materia ha sido dispar. Mientras algunas sentencias vinculadas con Medio Ambiente han protegido los derechos y exigido que &eacutestos se afecten por la v&iacutea legal (Caso Ley de Bases de Medio Ambiente, Rol Nş 185) otros fallos han dado libertad al administrador para regular con amplitud los derechos de las personas en nombre de una supuesta protecci&oacuten del medio ambiente (Caso Catal&iacuteticos, Rol Nş 325).

 

En consecuencia, concluyó Soto, no puede adelantarse el resultado final de un posible requerimiento en contra del Plan de Descontaminaci&oacuten de Santiago.

 

 

Santiago, 18 de julio 2008

 


CONSULTEN, OPINEN , ESCRIBAN LIBREMENTE
Saludos
Rodrigo González Fernández
Diplomado en RSE de la ONU
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