Biodiversidad y áreas protegidas: ideologización de un problema país
Publicado por Chile a Punto on abr 5th, 2011 en la categoria de Opinion. Puedes seguir los comentarios a esta entrada en RSS 2.0. Deja un comentario a esta entrada!
El 27 de enero el ejecutivo ingresó a tramitación un proyecto de ley, a través del cual se pretende crear un Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas y un Sistema Nacional de Áreas Protegidas.
Dicho proyecto, viene a cumplir la exigencia consagrada en el artículo 8 transitorio de la Ley 20.417, que dio origen a nueva institucionalidad ambiental para Chile, mediante el cual se estableció el plazo de un año para que el Gobierno ingresara uno o varios proyectos de ley, para crear dicho organismo.
Sin embargo, el haber cumplido con el mandato legal, lamentablemente no significó que se haya ingresado un proyecto a la altura de los desafíos que presenta la materia que pretende regular. Por el contrario, es un proyecto que genera enormes incertidumbres, toda vez que lo atraviesa un claro sesgo ideológico ya que desconoce en aspectos centrales, la importancia de la opinión de la comunidad y establece concesiones desmesuradas al sector empresarial.
Preocupa que el proyecto haya sido elaborado sin la participación ni consulta a organizaciones ambientales, ciudadanas o a comunidades locales e indígenas, en circunstancias que se trata de un proyecto que requiere, al igual que el esfuerzo que realizamos para generar una nueva institucionalidad ambiental, de una clara legitimación ciudadana.
Asimismo, preocupa que el proyecto haya sido elaborado sin la participación ni consulta a organizaciones ambientales, ciudadanas o a comunidades locales e indígenas, en circunstancias que se trata de un proyecto que requiere, al igual que el esfuerzo que realizamos para generar una nueva institucionalidad ambiental, de una clara legitimación ciudadana.
En este sentido, hay materias que resultan especialmente inquietantes. Entre ellas, la facultad de otorgar concesiones de administración y permisos de uso a terceros al interior de las áreas silvestres protegidas del Estado, sin previa licitación pública. Asimismo, se desconoce el sistema de control y sanción generado con la Ley 20.417, en especial el rol y naturaleza de la Superintendencia de Medio Ambiente, conservando en los juzgados de policía local la facultad de aplicar las sanciones. Como también, llama la atención la ausencia de la sociedad civil en el comité técnico, cuyas atribuciones y funciones precisan por su naturaleza de una adecuada representación de ésta.
Así, sin desconocer elementos que pueden ser valiosos del proyecto, como la creación de un Fondo Nacional de la Biodiversidad y las Áreas Silvestres Protegidas, resulta inevitable concluir que tiende a favorecer criterios de producción por sobre la protección y conservación, y que posee cierta incoherencia respecto de lo avanzado con la nueva institucionalidad ambiental.
Con todo, como lo he hecho en todas aquellas reformas que afectan e importan al país y que requieren de una visión desideologizada, colaboraré con entusiasmo en que Chile tenga una institucionalidad moderna, eficiente, coherente con lo avanzado y que proteja decididamente el patrimonio ambiental de Chile.
Extracto de El Mostrador » Blogs y Opinión
FuenteCONSULTEN, OPINEN , ESCRIBAN .
Saludos
Rodrigo González Fernández
Diplomado en "Responsabilidad Social Empresarial" de la ONU
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